Información actualizada según las nuevas normativas. (ley 74/2025, decreto-ley 36/2025 y sus modificaciones en la ley 91/1992).
Veremos como tramitar el reconocimiento de la ciudadanía italiana por nacimiento para tus hijos menores de edad que cumplan con alguno de los requisitos establecidos por ley.
cuando nació en Italia y es hijo, biológico o adoptivo, de padre o madre ciudadano italiano;
cuando nació en Italia y ambos padres son desconocidos o apátridas, o si tu hijo no tiene la ciudadanía de los padres según la ley del Estado al que pertenecen;
cuando nació en el extranjero, pero fue reconocido ciudadano, o inició el trámite formalmente (ya sea por vía administrativa o judicial), antes de la publicación del Decreto-Ley 36/2025; es decir, antes del 27 de marzo del 2025.
cuando nació en el extranjero, pero es hijo o nieto (biológico o adoptivo) de ciudadanos que tienen, o tenían al momento de su muerte, exclusivamente la ciudadanía italiana.
cuando nació en el extranjero pero el padre o madre biológico o adoptivo residió en Italia dos años consecutivos y de manera legal después de ser reconocido ciudadano o haber adquirido la ciudadanía y antes del nacimiento del menor. (Esta residencia debe ser legal y constar en los registros del gobierno italiano).
¿Tu hijo no cumple con los requisitos? Volvé atrás y buscá otra vía.
¿Cumplís con algún requisito, pero sos mayor de edad? Mirá este artículo.
Que tu hijo cumpla con alguna de las condiciones antes mencionadas.
Que vos, el otro padre o un abuelo (este último sólo si es el único ciudadano italiano), tenga cuenta de Fastit, esté registrado en el AIRE, y tenga su estado civil y domicilio actualizados.
⚠️ El consulado se reserva el derecho de solicitar documentación adicional si fuera necesario.
⚠️ Actas y sentencias originadas en países distintos a Argentina e Italia, deben ser traducidas y legalizadas en el país de origen, tanto por la apostilla de la Haya como por el consulado italiano competente según su origen. Consultá la web oficial del consulado correspondiente para legalizar documentación.
Autocertificación debidamente completada y firmada (en caso de no conocer la Comuna de referencia en Italia, el campo correspondiente puede dejarse vacío);
copia del DNI frente/retro de ambos padres, y de todos tus hijos convivientes.
documentación que acredite la residencia en la Circunscripción consular correspondiente (En el consulado General de Italia en Buenos Aires, podés presentar: luz, gas, teléfono fijo, internet, cable, o contrato de alquiler registrado en ARCA).
Actas de nacimiento de los menores, emitidas con sistema GEDO con traducción integral (tanto del acta como de la firma digital emitida por la oficina local del Registro Civil);
ó, emitidas con firma manuscrita con Apostilla digital emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores o por el Colegio de Escribanos con traducción integral (tanto del acta como de la Apostilla Digital).
⚠️ Si el hijo fue reconocido por los padres en tiempos diferentes, además del acta de nacimiento, se debe presentar el acta de reconocimiento traducida integralmente al italiano. Si el hijo no ha cumplido los 14 años, es necesaria la presencia de ambos padres; si ha cumplido 14 años, es necesaria la presencia del menor y del progenitor italiano.
⚠️Si los padres están casados, es indispensable que antes de comunicar el nacimiento del hijo el matrimonio sea registrado en Italia.
💡Podés cargar varias actas en un sólo trámite.
Escaneá la documentación a presentar, a saber:
El formulario de autocertificación⬇️ completo y firmado.
Escaneá los DNI de todo el núcleo familiar. Para la presentación de actas de nacimiento cuyos padres no están casados ni en pareja, se ruega presentar el DNI del otro progenitor.
Escaneá una factura reciente de un servicio residencial del tipo gas, luz, teléfono fijo, internet o televisión por cable con el mismo domicilio que el DNI del grupo familiar y a nombre del ciudadano italiano o su cónyuge.
Si el acta está en formato físico, escaneala junto con su traducción. Es importante destacar que si el acta es digital, se debe evitar imprimirla y luego escanearla, ya que pierde firmas digitales que hacen a la autenticación del documento. Hoy en día tanto el acta como la traducción pueden ser enteramente digitales.
⚠️ Sólo podrás subir documentos de hasta 950kb (casi 1MB) en formato PDF. Si tus documentos son más grandes comprimilos o separalos en distintos archivos. Podés usar iLovePDF↗️ para eso. Los documentos escaneados con la cámara de celular suelen pesar mucho mas que los escáneres convencionales y aún asi suelen tener una calidad más pobre.
⚠️Si vas a usar aplicaciones en tu celular para digitalizar el documento, asegurate de que cada palabra sea legible en el formulario. El consulado puede rechazar cualquier documento fotografiado si este no tiene la claridad o resolución óptimas.
Accedé a tu cuenta en FastIt, recordá poner la página web en español, luego accedé a la sección de Estado Civil, y por último, al servicio de Solicitar registro de actas.
Seleccioná el tipo de acta a presentar: Atto di nascita (Art.3-bis L.91/1992) es la opción correcta para la ciudadanía por nacimiento.
Cargá los documentos, uno por uno. Cuando termines, continuá con el botón azul para enviar la solicitud.
🔍 Una vez enviada la solicitud vas a leer un mensaje que indica que la documentación está a la espera de que un oficial consular la revise. A partir de este punto podrás ver en el inicio de tu cuenta de FastIt el código de solicitud.
⏱️ Este trámite puede demorar varios meses. La documentación tendrá que ser procesada tanto por el consulado como por tu comuna italiana.
📧 Las novedades del trámite llegarán a tu cuenta de fastit y a tu casilla de correo electrónico registrada.
✅ El o las actas habrán sido transcriptas correctamente cuando así lo indique el trámite en tu cuenta de FastIt.