Información actualizada según las nuevas normativas. (ley 74/2025, decreto-ley 36/2025 y sus modificaciones en la ley 91/1992).
El beneficio de ley impuesto por la ley 74/2025, que convierte en ley el Decreto 36/2025, y modifica la ley de ciudadanía 91/1992, está dirigido a nacidos en el extranjero, quienes sean hijos de ciudadanos italianos por nacimiento. En este artículo veremos quienes pueden aplicar y cómo.
El gobierno italiano, con el apoyo del parlamento, implementó importantes cambios en la ley que regula el acceso a la ciudadanía italiana. Los nacidos en el exterior ya no obtendrán la ciudadanía italiana de manera automática y deberán cumplir ciertos criterios para convertirse en ciudadanos. El 23 de mayo de 2025 fue promulgada la ley. Mirá como quedan las modificaciones.
Según la ley n. 91/1992, modificada por la Ley 74/2025 que convierte en ley el Decreto-Ley 36/2025, establece quienes pueden aspirar a la ciudadanía. Además, ahora la ley determina quienes serán ciudadanos por nacimiento o quienes la adquieren a posteriori. Adquirir la ciudadanía no es lo mismo que ser reconocido ciudadano por nacimiento. Entonces:
El beneficio de ley permitirá adquirir la ciudadanía italiana a:
Hijos de ciudadanos por nacimiento, cuyos padres soliciten el otorgamiento de la ciudadanía durante el primer año de vida del nacido, o antes del 31 de mayo del 2026 (el plazo que concluya último).
Vencido el plazo anterior, los padres podrán solicitar la ciudadanía del hijo menor de edad, y este último, la obtendrá una vez que resida de manera legal e ininterrumpida en Italia por dos años.
Sos ciudadano italiano por nacimiento, y querés darle a tu hijo menor de edad la ciudadanía. Entrá acá.
Sos hijo de ciudadanos italianos por nacimiento, sos mayor de edad y querés adquirir la ciudadanía. Entrá acá.